31 marzo, 2010 a las 12:45 pm
#34304
![](https://www.libertya.org/wp-content/plugins/ultimate-member/assets/img/default_avatar.jpg)
Miembro
Si las cuestiones que planteas estan contenidas en las resoluciones 2485 y 1361 entiendo que pueden llevarse con LY.
Pero fuera de eso y al menos hasta donde se, el LY no tiene funcionalidad específica para procesos de negocio de comercio exterior.
Saludos