La AFIP publicó su plan de pagos permanente para empresas, autónomos y monotributistas

Incluye deudas y multas impositivas y de la seguridad social. Los puntos principales y el texto completo de la norma.

La AFIP oficializó hoy su plan de pagos permanente para deudas impositivas y de la seguridad social que empezó a regir tanto para empresas como para autónomos y monotributistas y que había anunciado la semana pasada el nuevo titular del organismo, Alberto Abad.

El régimen es aplicable para la cancelación total o parcial de “obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, sus intereses, actualizaciones y multas” y de las “multas impuestas” y “cargos suplementarios por tributos a la importación o exportación y liquidaciones (…) así como sus intereses y actualizaciones”.

La resolución de la AFIP establece específicamente que también alcanza, entre otros, a “los saldos pendientes por obligaciones incluidas en planes de facilidades de pago caducos”; “los aportes personales de los trabajadores autónomos”; los aportes al régimen jubilatorio; el monotributo; los ajustes por fiscalizaciones de la AFIP; las deudas “en discusión administrativa, contencioso-administrativa o judicial, así como en ejecución judicial, en tanto el demandado desista o se allane incondicionalmente”.

Quedan en cambio excluidos, entre otros, el IVA por prestación de servicios en el exterior; los aportes y contribuciones para obras sociales (excepto los de los monotributistas); las cuotas destinadas a las ART; los aportes y contribuciones del régimen especial para el servicio doméstico; los aportes de monotributo previos a junio de 2004; lo aportes del régimen de peones rurales; el impuesto a los cigarrillos.

También quedan excluidos los ciudadanos imputados penalmente.

Los planes de pago, de todos modos, no implican “reducción alguna de intereses resarcitorios y/o punitorios” ni la liberación de las sanciones o cargos suplementarios.

Según había anticipado el organismo, se podrán financiar hasta en 3 cuotas los aportes de trabajadores en relación de dependencia; hasta en 6 cuotas las obligaciones impositivas y de seguridad social; hasta en 20, las obligaciones por autónomos y monotributistas, y hasta en 24 cuotas la deuda generada por ajustes de inspección.

La cuota mínima será de $ 500 para autónomos y el Monotributo, y de $ 1000 para el resto de los planes.

La financiación será a tasa fija, pero la inicial se actualizará mes a mes con valores de marcado, tomando como referente la tasa pasiva nominal anual del Banco Nación para los plazos fijos a 180 días más 2 puntos para pequeños contribuyentes con ingresos hasta $ 91 millones anuales, y más 6 puntos para quienes tengan una facturación superior. La tasa se actualizará el 20 de cada mes, por lo que si un ciudadano se adhiere al plan el 8 de abril, debe tomar como referencia la tasa del 20 de marzo, por ejemplo.

Junto con el lanzamiento del plan, Abad suspendió el polémico “artículo 32”, que otorgaba a la dirección de la AFIP la posibilidad de diseñar planes de pago discrecionalmente, entre los que el más difundido fue el del caso Ciccone y en torno al cual la actual conducción del organismo realizó un extenso relevamiento.