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Primeramente hay que aclarar que esta opcion solo debería ser usada en articulos del mismo valor o de valor similar por los que NO se efectuará una Nota de Credito o Debito de ajuste de monto. Es decir, para los casos en que el cliente ya pago y no se le cobrará una diferencia.
Esto determina que en la mayoría de los casos , no debería hacerse un ajuste en la cuenta de CxC ni ventas ni IVA.
Respecto del remito, si podría hacerse un ajuste siempre que el costo del producto sea diferente.

Saludos
Antonio.